Sentencia N° 1248 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 1248, Exp. 14-1335, 16/12/2015
Expediente14-1335
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-12-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por LÁMINAS LARA (LAMILARA), C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Lara, que había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte actora. La Sala fundamenta su decisión en la correcta aplicación de las normas laborales pertinentes, destacando la carga de la prueba y la relación laboral entre el demandante y la demandada. Se confirma la decisión de primera instancia y se condena en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: Ha sido criterio de esta Sala, definir la falsa aplicación como una relación errónea entre la Ley y el hecho que desnaturaliza el verdadero sentido de la norma o desconoce su significado, lo cual ocurre cuando se aplica la norma a un hecho no regulado por ella o cuando su aplicación se realiza de tal forma, que se arriba a consecuencias jurídicas distintas o contrarias a las perseguidas por la Ley. En atención al vicio denunciado, es importante mencionar el contenido del artículo 53 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, el cual establece que debe presumirse la relación de trabajo, entre quien preste un servicio personal y quien lo reciba, exceptuando los casos en que se presten servicios a sociedades o instituciones sin fines de lucro, o con propósitos distintos a los planteados en la relación laboral. De igual manera, el extracto del artículo 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que la carga de la prueba corresponde a quien afirme hechos que configuren su pretensión, o a quien los contradiga alegando hechos nuevos. En este sentido, se colige que la sentencia recurrida no está incursa en el vicio que le imputa la formalización, toda vez que aplicó correctamente las normas delatadas como infringidas, por lo que se declara sin lugar la presente denuncia.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil LÁMINAS LARA (LAMILARA), C.A., contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara en fecha 6 de agosto de 2014; 2) CONFIRMA el fallo recurrido. De conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas del recurso a la empresa recurrente.
Palabras clave
intermediaciónresponsabilidad solidariaderechos laboralesLey Orgánica del Trabajosentenciatrabajador