Sentencia N° 1243 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 1243, Exp. 14-1046, 16/12/2015
Expediente14-1046
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-12-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, anulando el fallo del Juzgado Superior Séptimo del Trabajo. Se establece que el demandante, JOSÉ GREGORIO PÉREZ PÉREZ, tiene derecho a recibir diferencias en sus prestaciones sociales, incluyendo el cálculo de horas extras y días de descanso compensatorios. La sentencia también determina que la relación laboral se extendió desde el 15 de noviembre de 2009 hasta el 26 de diciembre de 2012, y se ordena la realización de una experticia complementaria para calcular los montos adeudados.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, al analizar el recurso de casación interpuesto, observa que el Juzgado Superior incurrió en errores al aplicar la normativa laboral vigente, específicamente en lo que respecta al cálculo de las prestaciones sociales del actor. Se destaca que el demandante laboró en condiciones que excedían la jornada laboral permitida, lo que le otorga derecho a horas extras y días de descanso compensatorios. La Sala reitera que la falta de aplicación de normas laborales constituye un vicio que afecta la validez de la decisión impugnada, por lo que se declara procedente el recurso de casación y se anula el fallo de alzada. Asimismo, se ordena el cálculo de las diferencias adeudadas al actor, tomando en cuenta su salario integral y las incidencias correspondientes a las horas extras y días de descanso no disfrutados.

Dispositiva

Se declara CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandada contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Séptimo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de junio del año 2014; ANULA el mencionado fallo; se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO PÉREZ PÉREZ contra la sociedad mercantil CALZA KEYLA, C.A.; y, SIN LUGAR la demanda incoada contra los ciudadanos ORLANDO CONTRERAS GIL y JOSÉ DE ABREU PEREIRA. Se ordena la realización de una experticia complementaria para el cálculo de los conceptos condenados, debiendo el experto deducir las cantidades previamente recibidas por el actor antes de practicar la indexación e intereses moratorios.

Palabras clave

casaciónprestaciones socialeshoras extrasdescanso compensatoriorelación laboral

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