Sentencia N° 1243 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de noviembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1243, Exp. 09-426, 05/11/2010
Expediente09-426
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-11-05
DecisiónSin Lugar
Resumen
En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra el fallo del Tribunal Superior Cuarto del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala analizó las denuncias de contradicción en la motivación y de inmotivación, concluyendo que la sentencia recurrida contenía los razonamientos necesarios para justificar su decisión. Se destacó que, aunque se reconoció la procedencia del daño moral, no se establecieron indemnizaciones por responsabilidad subjetiva del patrono, lo que fue considerado correcto por la Sala.
Extracto de la motiva
El formalizante aduce, que la sentencia recurrida incurrió en el vicio de contradicción en la motiva, pues a pesar de haber declarado la procedencia del daño moral, sin embargo, determinó la improcedencia de las cantidades demandadas con fundamento en la responsabilidad subjetiva del patrono. En este sentido, aduce el formalizante, que si bien es cierto que la procedencia declarada por la recurrida sobre el daño moral estuvo fundamentada en los supuestos contenidos en el artículo 1.196 del Código Civil, esto es, que procede el daño material o moral siempre y cuando se haya demostrado el hecho ilícito, entonces el sentenciador de alzada debió también declarar la procedencia de las indemnizaciones demandadas por la responsabilidad subjetiva del patrono, es decir, resolver como procedentes las indemnizaciones reclamadas con fundamento en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, cuestión que no hizo.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte actora contra el fallo emanado del Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, de fecha 02 de marzo del año 2009, reproducida el día 10 del mismo mes y año. De conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas del recurso a la parte actora recurrente.
Palabras clave
daño moralresponsabilidad objetivaLey Orgánica del Trabajoindemnizacionesvicio de contradicciónsalud laboral