Sentencia N° 1242 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de noviembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1242, Exp. 09-113, 05/11/2010
Expediente09-113
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-11-05
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, resolvió el recurso de casación interpuesto por el demandante y la codemandada Agropecuaria La Macagüita, C.A. El Tribunal declaró desistido el recurso de la codemandada y sin lugar el recurso del demandante. Se abordaron denuncias de incongruencia negativa y falta de motivación en la decisión del juzgado inferior, concluyendo que no hubo vicio en la decisión del juez al no considerar ciertos beneficios como parte del salario del actor, ya que eran considerados herramientas necesarias para la ejecución de su labor.
Extracto de la motiva
Se observa que el 8 de enero de 2009 –después de ser consignado el escrito razonado por parte del recurrente, en fecha 7 de enero de 2009–, el Juzgado Superior dictó la aclaratoria del fallo que le había sido solicitada (ff. 313-314), en la cual señaló: En cuanto al punto tercero de la [solicitud de] aclaratoria, relativo a los intereses moratorios sobre la compensación por transferencia y la indemnización de antigüedad antes del 19-06-97 de conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo de 1990, en el fallo objeto de esta aclaratoria, este Juzgado estableció textualmente lo siguiente: (…). Asimismo, de acuerdo al parágrafo segundo del artículo 668 de la LOT, se aclara que se deben sumar los montos correspondientes a la indemnización de antigüedad y compensación por transferencia, luego se calculan los intereses de mora a la tasa promedio entre la activa y pasiva, determinada por el Banco Central de Venezuela, tomando como referencia a los 6 principales bancos comerciales y universales del país, capitalizados anualmente desde junio de 1997 hasta julio de 2002. Como se observa, después de haber sido presentado el escrito de formalización bajo estudio, el juzgador de alzada dictó la aclaratoria que el actor había solicitado, en la cual emitió un pronunciamiento sobre los aludidos intereses moratorios; por lo tanto, visto que dicha aclaratoria forma parte integrante del fallo, el juez no incurrió en el delatado vicio de incongruencia negativa.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (Especial), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1°) DESISTIDO el recurso de casación ejercido por la codemandada Agropecuaria La Macagüita, C.A., contra la sentencia de fecha 26 de noviembre de 2008, emanada del Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y 2°) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el demandante, contra la decisión antes identificada. Se condena en costas a la parte codemandada recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y se exonera de la condenatoria en costas al demandante recurrente, conteste con lo previsto en el artículo 64 eiusdem.
Palabras clave
salarioviviendavehículosLey Orgánica del Trabajoremuneraciónbeneficiostrabajador