Sentencia N° 1227 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de agosto de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1227, Exp. 05-1520, 07/08/2006
Expediente05-1520
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-08-07
DecisiónCon Lugar, Parcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del TSJ se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Miguel Ángel Rebonatto Sánchez contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo, que había declarado sin lugar la apelación de la parte demandada y parcialmente con lugar la demanda. La Sala encontró que el Juez Superior incurrió en violación de la jurisprudencia al no ordenar el pago de los intereses de mora sobre las prestaciones sociales condenadas a pagar, lo que llevó a anular el fallo recurrido y a declarar con lugar el recurso de control de la legalidad.

Extracto de la motiva

La sentencia proferida por el Juzgado Superior, en fecha 20 de julio del año 2005, en su parte pertinente expresa: Se ordena la corrección monetaria de las sumas debidas desde la fecha de admisión de la demanda hasta la fecha de ejecución del fallo a cuyo efecto se ordena experticia complementaria del mismo, mediante un solo experto nombrado por el Tribunal de la Causa, por auto separado, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la cual deberá tomar en consideración los indicadores oficiales del banco Central de Venezuela, para obtener el valor real y actual de la obligación que la accionada tiene pendiente con la actora, a fin de que dicho índice se compute al momento de ordenar la ejecución de la sentencia. Exclúyase de dicho cómputo los lapsos de paros y vacaciones tribunalicias, así como el período correspondiente a la suspensión del despacho con ocasión a la entrada en vigencia de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No hay condena en costas por no haber vencimiento total. Aprecia la Sala, que efectivamente tal y como lo alega el recurrente, la sentencia recurrida no ordenó el cálculo de los intereses de mora sobre las prestaciones sociales condenadas a pagar a la parte demandada.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandante intentado contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia en fecha 20 de julio del año 2005. En consecuencia, se anula el fallo recurrido, anteriormente identificado y, 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por cobro de prestaciones sociales intentada por el ciudadano Miguel Ángel Rebonatto Sánchez contra la empresa Centro Clínico La Isabelica, C.A. Por consiguiente, se ordena el pago de la cantidad de un millón ciento setenta y tres mil ciento diecisiete bolívares con setenta y seis céntimos (Bs. 1.173.117,76) por concepto de prestaciones sociales, como se indicó en la parte actora de la presente decisión.

Palabras clave

prestaciones socialesintereses de moracobrorelación laboraljurisprudenciaLey Orgánica del Trabajocontrol de la legalidad

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