Sentencia N° 1226 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de noviembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1226, Exp. 11-312, 09/11/2012
Expediente11-312
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-11-09
DecisiónCON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia publicada el 4 de febrero de 2009, el Juzgado Superior Quinto de la Circunscripción Judicial del estado Zulia; y, PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por el ciudadano Michael Alberto Francis Pardo contra C.A. Diario Panorama.

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, C.A. Diario Panorama, contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo que había confirmado parcialmente la decisión de primera instancia. La controversia se centró en el recargo del 30% del bono nocturno, el cual fue declarado improcedente por la Sala, argumentando que la recurrida no había considerado adecuadamente la existencia de un cargo similar en la jornada diurna. La Sala también abordó la falta de congruencia en la decisión anterior, lo que afectó el derecho a la defensa del demandante.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la referida evasión en cuanto al pronunciamiento adecuado a lo peticionado, lesiona, además del derecho de petición y adecuada respuesta, el derecho a la defensa y la garantía del debido proceso. Omissis. De esta forma, en el presente caso, la Sala de Casación Social incurrió en el vicio de incongruencia omisiva por la existencia de un desajuste entre lo que solicitó el recurrente y el fallo, lo que a su vez implica contradicción y modificación de los términos en que quedó planteada la controversia, ya que de haberse tomado en cuenta, lo alegado, no hubiese prosperado la solicitud de pago del bono nocturno planteada por el accionante en el juicio originario.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social Accidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara, 1° CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia publicada el 4 de febrero de 2009, el Juzgado Superior Quinto de la Circunscripción Judicial del estado Zulia; y, 2° PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por el ciudadano Michael Alberto Francis Pardo contra C.A. Diario Panorama.

Palabras clave

recursos laboralesbono nocturnoincongruencia omisiva

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