Sentencia N° 1224 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 1224, Exp. 15-656, 14/12/2015
Expediente15-656
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-12-14
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Yoel Efraín Velásquez contra una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Bolívar. La parte actora alegó que la sentencia recurrida vulneraba normas fundamentales del debido proceso y la legalidad, argumentando que se basó en una ley derogada. Sin embargo, tras analizar los argumentos y la sentencia impugnada, la Sala determinó que no se evidenciaron violaciones a normas de orden público.
Extracto de la motiva
Conforme se desprende de la norma contenida en la disposición legal supra transcrita el control de la legalidad se erige como el medio recursivo a través del cual las partes pueden impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que, no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar gravemente normas de orden público. Se trata, en definitiva, de ejercer, a instancia de parte, el control de la legalidad y justicia de dichos fallos, en aras de restablecer el mandato jurídico sustantivo o adjetivo del trabajo infringido, por lo que de verificarse que el fallo impugnado incurre en la violación o amenaza denunciada le corresponderá a este órgano jurisdiccional, anularlo y resolver el fondo del asunto, garantizando de este modo una justicia laboral accesible, breve, sencilla, transparente, oral, inmediata, sin formalismos ni reposiciones inútiles, conforme a los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida en fecha 2 de marzo de 2015, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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