Sentencia N° 1224 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de julio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1224, Exp. 08-1005, 29/07/2008
Expediente08-1005
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-07-29
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del TSJ decide sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia de alzada que declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación. La Sala establece que el recurso es un medio de impugnación excepcional y debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad. En este caso, se argumenta que no se constató la violación a disposiciones de orden público ni a la jurisprudencia reiterada, por lo que se declara inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, por tanto, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Asimismo, tratándose como antes se expresó, de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público o de jurisprudencia reiterada de esta Sala.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 11 de abril de 2008. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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