Sentencia N° 1223 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de julio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1223, Exp. 08-773, 28/07/2009
Expediente08-773
PonenteJuan Rafael Perdomo
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-07-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó una transacción judicial presentada por las partes en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La parte demandada pagó al demandante una suma acordada, y ambas partes manifestaron estar satisfechas con el acuerdo, solicitando su homologación y el archivo del juicio. La Sala verificó el cumplimiento de los requisitos legales y decidió otorgar la homologación, concluyendo el litigio judicial de manera definitiva.
Extracto de la motiva
Mediante el documento transaccional consignado en fecha tres (3) de junio del año 2009, la parte demandada pagó al demandante la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE BOLÍVARES FUERTES CON SETENTA CÉNTIMOS (Bs.F 294.169,70) suma ésta que recibe el actor a través de cheque de gerencia a su orden, emitido por el Banco Provincial, Banco Universal, S.A., identificado con el Nº 11055576, girado contra la cuenta bancaria N° 0108-0581-32-0900000014, el cual se anexa en copia simple y que se corresponde con la cantidad transaccional convenida por las partes. En la transacción las partes manifiestan que, "se declaran mutuamente satisfechos con la presente transacción y manifiestan no tener nada más que reclamarse por alguno de los conceptos contenidos en la misma, ni por ningún otro concepto relacionado con la relación de trabajo que existió entre el ACTOR y C.AT.A.N.A. o con cualquiera de las compañías relacionadas con ella". Por otra parte ambas partes solicitan que se imparta la respectiva homologación, se de por concluido el juicio y le sean expedidas dos (02) copias certificadas de la transacción, la consignación del referido pago y del auto que la homologue.
Dispositiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1º) HOMOLOGA la transacción presentada por las partes en fecha 3 de junio de 2009, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA al Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente. Se acuerda expedir por secretaría dos (02) copias certificadas del escrito de transacción presentado por las partes y del presente auto. Publíquese, regístrese y remítase este expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de su distribución.
Palabras clave
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