Sentencia N° 1222 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de julio de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1222, Exp. 08-941, 21/07/2009
Expediente08-941
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion
Fecha de la decisión2009-07-21
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, resolvió el recurso de casación interpuesto por la empresa BINGO LA TRINIDAD C.A. contra un fallo del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La sentencia original había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación del demandante, LUIS ALEJANDRO APONTE, y sin lugar el de la demandada, modificando la decisión impugnada en relación a indemnizaciones por accidente laboral. La Sala, al analizar el caso, determinó que el accidente ocurrió en el horario laboral y que la empresa no cumplió con su deber de inscripción del trabajador en el Seguro Social, lo que la hace responsable de las indemnizaciones correspondientes.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el accidente sufrido por el ciudadano Luis Alejandro Aponte Méndez ocurrió en la sede de la empresa Bingo La Trinidad, C.A., dentro del horario de trabajo y con ocasión del mismo. Es decir, que se trata de un infortunio laboral y al no haber logrado demostrar dicha sociedad mercantil que el mismo hubiera sido provocado por la propia víctima, le corresponde la responsabilidad objetiva, pero por cuanto el trabajador no logró probar que hubiera mediado un hecho ilícito por parte de aquella, no es titular la empresa de la responsabilidad subjetiva. En virtud de lo expuesto, resulta procedente la responsabilidad objetiva del patrono, y dado que no cumplió con su deber, y para el momento de la ocurrencia del accidente, el trabajador no había sido inscrito en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, es a la empresa Bingo La Trinidad C.A. a quién le corresponde el pago de las indemnizaciones que de seguidas sean declaradas procedentes.

Dispositiva

1) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la codemandada Bingo La Trinidad C.A. contra el fallo dictado por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de abril del año 2007. En consecuencia, se ANULA el fallo impugnado y 2) SIN LUGAR la demanda interpuesta contra la empresa INVERSIONES 33 C.A. y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada contra la empresa BINGO LA TRINIDAD C.A.. No hay condenatoria en costas del proceso en virtud de que no hubo vencimiento total, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

indemnizaciónaccidente laboralcasaciónresponsabilidad objetiva

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