Sentencia N° 1221 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de diciembre de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 1221, Exp. 15-1298, 05/12/2016
Expediente15-1298
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-12-05
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 5 de diciembre de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Jorge Priscilo Manama Chavero contra la sentencia del Tribunal Superior Segundo del Trabajo de Aragua. La Sala analizó los vicios denunciados por el recurrente, incluyendo la contradicción en los motivos y la falta de aplicación de normas, concluyendo que no se configuraron los vicios alegados. Se reafirmó que la negativa a aplicar la indexación en el ámbito de la Función Pública es consistente con la doctrina de la Sala Constitucional y la jurisprudencia vigente.
Extracto de la motiva
El vicio denunciado por el recurrente es el de la contradicción en los motivos o motivación contradictoria, el cual constituye una de las modalidades de inmotivación de la sentencia, y se configura, cuando las razones expuestas en el fallo son tan incompatibles, que se destruyen entre sí, es decir, cuando los motivos chocan por contradicciones insostenibles, lo que hace equipararse a una falta absoluta de motivos de la sentencia (Vid. Sentencia N° 634, 08/08/13, SCS). Es una deficiencia en el fallo que se presenta en la parte dispositiva de la sentencia y ocurre cuando por la destrucción recíproca de las partes de una sentencia, es imposible su ejecución, habida cuenta que el juez quebranta los principios de la lógica jurídica, esto es, cuando el sentenciador da por cierto un hecho y luego afirma una cuestión totalmente opuesta, sobre el mismo punto, lo que conlleva a la inmotivación de la decisión judicial.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de la parte demandada contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay de fecha 15 de mayo de dos mil quince. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay de fecha 15 de mayo de dos mil quince. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS intentara el ciudadano JORGE PRISCILO MANAMA, titular de la cédula de identidad N° V-7.240.327 contra el MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA en consecuencia se condena al demandado cancelar al trabajador reclamante la cantidad de SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DIECISEIS BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 77.316,41) mas las cantidades que resulten de la experticia complementaria del fallo ordenada en la motiva de este fallo. CUARTO: No hay condenatoria dada la naturaleza del presente fallo.
Palabras clave
inmotivacióninteresesprestaciones socialescontradicciónLey Orgánica del Trabajosentenciajueztrabajador