Sentencia N° 1218 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1218, Exp. 11-477, 12/08/2014
Expediente11-477
PonenteOCTAVIO SISCO RICCIARDI
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 12 de agosto de 2014, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por Lenin José Pacheco Castillo contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Carabobo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación del demandante. La Sala anuló el fallo impugnado y parcialmente con lugar la demanda, ordenando el pago de indemnizaciones y prestaciones sociales adeudadas al trabajador, quien había laborado para CADAFE durante 17 años, 11 meses y 21 días.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio, se denuncia la incursión de la sentencia impugnada en el vicio de falta de aplicación de una norma vigente, específicamente el artículo 672 de la Ley Orgánica del Trabajo de 1997. Del contexto de la delación presentada, interpreta esta Sala que lo pretendido por el formalizante fue denunciar la falta de aplicación de la Convención Colectiva 2006-2008 suscrita por la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE), respecto a las siguientes normas: 1. Cláusula: 60, numeral 3: Cálculo de Antigüedad, literal a: Trabajadores amparados por el régimen prestacional de la Ley Orgánica del Trabajo de 1990; Sub-literal a.1; 2. Anexo “E”, numeral 10, literal a, sub-literal a.1, que prevé doble indemnización de antigüedad y preaviso por despido injustificado (Ley Orgánica del Trabajo de 1990); y 3. Único aparte del numeral 10 del Anexo “E” referido al pago del 5% adicional después de 5 años de servicios (65%). Ha sostenido reiteradamente esta Sala de Casación Social que el referido vicio se configura cuando el sentenciador le niega aplicación a una determinada norma, la cual regula una situación jurídica al alcance de la misma.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, el 10 de enero de 2011. SEGUNDO: ANULA el fallo impugnado. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.