Sentencia N° 1214 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1214, Exp. 10-1229, 09/11/2012
Expediente10-1229
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-11-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Leonardo Augusto Hernández Tremont contra la sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de Carabobo, que había declarado sin lugar la apelación y parcialmente con lugar la demanda. La Sala evidencia un vicio en la valoración de la prueba de cotejo, ya que se utilizó un documento indubitado en copia simple, lo que generó dudas sobre la autenticidad de la firma tachada como falsa. Por lo tanto, se anula la sentencia recurrida y se ordena reponer la causa para realizar el cotejo con el documento original.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la representación de la parte demandada en la audiencia de juicio tachó de falso el contrato de trabajo celebrado entre la empresa demandada y el actor, promoviendo experticia para precisar la autoría de la firma. Sin embargo, la experta designada no pudo responder si la experticia se había practicado sobre el original, lo que generó dudas sobre la autenticidad de la firma. La Sala concluye que la decisión del juzgado de alzada, al no considerar estas dudas y al basar su fallo en una experticia que presenta inconsistencias, afecta considerablemente el resultado del juicio. Por lo tanto, se declara con lugar el recurso de casación, evidenciando un quebrantamiento de formas sustanciales en el proceso.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, de fecha 9 de agosto de 2010; en consecuencia, 2°) NULA la sentencia referida; 3°) SE ORDENA la notificación de la demandada y el emplazamiento del ciudadano Alfonso Severino De Guclielmo, para que comparezca al tribunal a plasmar su firma; 4°) SE ORDENA la incorporación al expediente del original, o al menos copia autenticada del instrumento poder otorgado por la sociedad mercantil HYUNVAL, C.A., que funge como documento indubitado; y 5°) SE ORDENA reponer la causa al estado de que el Juez de Juicio de Primera Instancia del Trabajo competente designe nuevo perito, se realice nuevamente el cotejo de la tacha y decida el mérito de la controversia.
Palabras clave
cobro de acreenciasindemnizaciónrecurso de casacióntacha de documentoderecho laboralprueba de experticia