Sentencia N° 1207 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de noviembre de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1207, Exp. 11-627, 02/11/2011
Expediente11-627
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-11-03
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, RAYNER ANGELY MENDOZA ÁLVAREZ, contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo que declaró sin lugar la demanda por prescripción de la acción. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y concluyó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho, no vulnerando normas de orden público laboral.
Extracto de la motiva
Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Esgrime la parte recurrente, que la recurrida viola los principios de orden público relativos a la prescripción establecidos en los artículos 64 de la Ley Orgánica del Trabajo y 32 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y le otorga una interpretación distinta a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social, al obviar en el cálculo del tiempo a la prescripción, el momento en el cual el acto administrativo quedó firme. Continúa señalando, que quedó demostrado que el despido de la accionante ocurrió en fecha 11 de agosto del año 2005, interrumpiendo la prescripción con la solicitud de reenganche ante la Inspectoría del Trabajo, conforme a los criterios jurisprudenciales de esta Sala de Casación Social, contenidos en las sentencias N° 324 de fecha 29 de noviembre del año 2001 y N° 616 del año 2002.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia de fecha 04 de abril del año 2011, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto.
Palabras clave
control de la legalidadsentenciaprescripciónorden públicorecursotrabajo