Sentencia N° 1207 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de septiembre de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1207, Exp. 05-867, 27/09/2005
Expediente05-867
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2005-09-27
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 27 de septiembre de 2005, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Luis Enrique Suárez contra la sentencia del Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La Sala argumentó que la decisión impugnada se ajustaba a derecho y no se evidenció violación de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial de la Sala.

Extracto de la motiva

La representación judicial de la parte recurrente, alega que el ad quem quebranta el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, toda vez que no ordenó el pago de los salarios caídos hasta la oportunidad en que el patrono persistió en el despido, existiendo una diferencia en el pago de los mismos, vulnerando de esta forma el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, no por decidir de acuerdo a lo alegado y probado en autos; acusa el quebrantamiento del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al negar las diferencias reclamadas, derechos irrenunciables que no pueden ser relajados por un criterio jurisprudencial posterior; denuncia el quebrantamiento del artículo 49 de la Constitución, al reclamar los conceptos sin existir norma legal que lo establezca de manera expresa; alega también que se vulnera el artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimiento del Trabajo, en virtud que la demandada en su escrito de contestación, rechazó en forma pura y simple y alegó el pago, lo cual lleva implícito el reconocimiento de los conceptos reclamados, correspondiéndole desvirtuar los hechos y conceptos reclamados; denuncia nuevamente el quebrantamiento del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el sentenciador no consideró el reconocimiento por parte de la demandada del salario básico diario alegado, la existencia y vigencia de la convención colectiva de trabajo, y en especial las cláusulas 18 y 30; arguye que no valoró la planilla de liquidación y acusa la violación del artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al aplicar con carácter vinculante una sentencia de la Sala Constitucional y no una de la Sala de Casación Social.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad, intentado por la parte actora contra la sentencia de fecha 24 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay.

Palabras clave

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