Sentencia N° 1205 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de noviembre de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 1205, Exp. 13-1287, 28/11/2016
Expediente13-1287
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-11-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 28 de noviembre de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, confirmando la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de indemnización por despido injustificado. La Sala analizó las denuncias de falsa aplicación de normas y errónea interpretación del principio de non reformatio in peius, concluyendo que no se evidenció el vicio alegado por la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La falsa aplicación de una norma consiste en la aplicación efectiva de una norma jurídica que ha realizado el Juez, a una situación de hecho que no es la que está contemplada. Para corroborar lo denunciado por la recurrente, se transcribe lo establecido por la recurrida al respecto: En hilo de las argumentaciones anteriores, esta Alzada observa que efectivamente, el juez de la recurrida estableció que el actor no era un trabajador de DIRECCIÓN –lo cual no esta (sic) controvertido en el caso de marras- (dado que la parte demandada se conformo (sic) con la sentencia proferida en primera instancia) y en virtud del principio de no reformatio in peius que establece que no se puede desmejorar la condición del único apelante, sin embargo, a pesar de la conclusión a la cual arribó no se pronunció con respecto al pedimento de la indemnización por despido formulada por el actor en su escrito libelar tal como se indicó supra, sumado al hecho de que la parte demandada señalo (sic) expresamente en el folio numero 1 de su contestación: “Que es cierto y así expresamente lo aceptamos, que el ciudadano Jorge Barrios prestó servicios para MERCK desde el 3 de octubre de 2005 hasta el 29 de noviembre de 2011, fecha en la cual culminó la relación de trabajo por despido injustificado”.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por la apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 19 de julio del año 2013, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido que declaró parcialmente con lugar la demanda.
Palabras clave
motivación contradictoriaindemnizacióndespido injustificadoLey Orgánica del Trabajocasaciónfundamentación