Sentencia N° 1205 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de noviembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1205, Exp. 10-1157, 02/11/2010
Expediente10-1157
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-11-02
DecisiónHOMOLOGA la transacción presentada, pasándola en autoridad de cosa juzgada
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó una transacción presentada por el demandante Gustavo Adolfo Calderón Morán y la demandada Pepsi-Cola Venezuela, C.A. La decisión se basa en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo y la manifestación de voluntad de las partes. Se ordena al Juzgado de Primera Instancia realizar los trámites correspondientes para el archivo del expediente y se acuerda la expedición de copias certificadas de la transacción.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción y evidenciada la facultad con la que actúan las partes, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que en la manifestación escrita del acuerdo actuaron en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el documento presentado ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1°) HOMOLOGA la transacción presentada, pasándola en autoridad de cosa juzgada conforme lo establece el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en los términos y condiciones establecidas por las partes y 2°) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del expediente.
Palabras clave
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