Sentencia N° 1201 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de julio de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1201, Exp. 06-429, 27/07/2006
Expediente06-429
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-07-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por Franklin Ramón Loaiza Salazar contra la decisión del Juzgado Superior Tercero que confirmó la sentencia de primera instancia que declaró sin lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala desestimó las denuncias de falta y falsa motivación, argumentando que la recurrida, aunque defectuosamente, sí expuso la enumeración de las pruebas y fundamentó su decisión en el contrato de cuentas en participación entre las partes.

Extracto de la motiva

La falta de motivación y la falsa motivación son supuestos distintos cuya mezcla bajo una misma argumentación, como sucede en el caso de esta denuncia, conlleva el indebido planteamiento y fundamentación de la misma. Se observa asimismo que se añaden a esa mezcla, también indebidamente, cuestiones de fondo como son las referidas a los artículos 10 y 69 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 59 de la Ley Orgánica del Trabajo, y que tampoco se indica con precisión, en concreto, cuál o cuáles son las pruebas respecto de las cuales se habría omitido el análisis respectivo; circunstancias esas que conducen a desechar la denuncia. Por lo demás, encuentra la Sala que la recurrida, aunque defectuosamente, sí expone la enumeración de las pruebas cursantes en autos, el valor que atribuye a algunas y los motivos por los cuales desecha otras, fundamentando en definitiva su dispositivo final en el contrato de cuentas en participación suscrito entre el demandante y la demandada, conforme al cual, de acuerdo con lo alegado por ambas partes, se desarrolló la relación entre ellas; de manera que, independientemente de lo correcto o incorrecto de sus apreciaciones, la recurrida contiene la motivación correspondiente.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el presente recurso de casación. De conformidad con lo dispuesto en aparte cuarto del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 59 euisdem, se condena al recurrente en las costas del recurso.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialesrecurso de casaciónfalta de motivaciónrelación laboralLey Orgánica Procesal del Trabajocontrato de cuentas en participaciónsana crítica

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