Sentencia N° 12 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de enero de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 012, Exp. 16-281, 18/01/2017
Expediente16-281
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-01-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud del recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Inversiones Diseños Family, C.A., declaró con lugar el recurso, anulando el fallo del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había confirmado la decisión de primera instancia. La Sala determinó que la relación laboral entre el demandante y la demandada existió, basándose en la presunción de laboralidad y en la falta de motivación del fallo recurrido. Se ordenó el pago de prestaciones sociales adeudadas al demandante, incluyendo vacaciones, bono vacacional, utilidades y antigüedad, así como la indemnización por despido injustificado.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social ha sostenido reiteradamente que los jueces superiores deben motivar sus decisiones y no limitarse a realizar una transcripción de las sentencias dictadas por los juzgadores de primera instancia, esto es, haciendo suya la motivación sin contener sus propias consideraciones, a fin de evitar que los mismos queden viciados de inmotivación. Asimismo, con relación a la motivación del fallo esta Sala ha establecido que la misma está constituida por las razones de hecho y de derecho que exponen los jueces como fundamento del dispositivo; siendo que, las primeras están formadas por el establecimiento de los hechos con ajustamiento a las pruebas que los demuestran y las segundas, por la aplicación a éstas de los preceptos legales y los principios doctrinales atinentes. De manera que, ha establecido este alto Tribunal conforme a su doctrina pacífica y reiterada, que la inmotivación consiste en la falta absoluta de fundamentos; por lo que los motivos exiguos o escasos, o en todo caso, la motivación errada, no configuran el vicio de falta de motivación. Igualmente, con respecto a la motivación acogida, se ha dejado sentado que los jueces superiores deben motivar sus decisiones y no limitarse simplemente a realizar una transcripción o referencia de la motivación contenida en los fallos de los sentenciadores de primera instancia, con el objeto de evitar que los mismos queden viciados por inmotivación.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandada, contra el fallo dictado por el Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 17 de febrero del año 2016; SEGUNDO: SE ANULA el fallo impugnado; y TERCERO: Se declara CON LUGAR la demanda incoada.

Palabras clave

prestaciones socialescasaciónlaboralinmotivaciónrelación laboral

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