Sentencia N° 1193 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de julio de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1193, Exp. 06-043, 25/07/2006
Expediente06-043
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-07-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, RAFAEL ÁNGEL HERNÁNDEZ MORA, contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala argumenta que el Juez de alzada incurrió en inmotivación al no fundamentar adecuadamente su decisión, lo que impidió el control de legalidad correspondiente. Además, se destaca que el proceso había estado en curso durante casi cuatro años, y se ordena la reposición de la causa al estado de celebración de la audiencia preliminar.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la parte actora sí dio cumplimiento a la subsanación ordenada en los términos indicados por el Tribunal de la causa, ello independientemente del error de cálculo numérico en que pudo haber incurrido, error éste en que se fundamentó la Juez para declarar extinguido el proceso, al afirmar en su fallo que la parte actora si bien señaló las horas extras no refirió cuáles eran las diurnas y cuáles eran las nocturnas, y por ende, no ajustado dicho cálculo con los recargos del 30% y 50% sobre el salario convenido para la jornada diurna, de conformidad con lo previsto en los artículo 155 y 156 de la Ley Orgánica del Trabajo, declarándolas no subsanadas. Aunado a ello, es importante recordar que el Juez conoce el derecho y lo aplica para resolver el caso concreto, fundamentándose en los hechos alegados y probados por las partes, motivo por el cual, por un error de cálculo numérico, o por la incorrecta interpretación de alguna norma jurídica por el accionante, el Juez no puede negar al trabajador un posible derecho que le corresponde bajo esta premisa, porque, compete al Juez y no a las partes, establecer lo que en definitiva le corresponde por los conceptos y montos reclamados.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1º CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora, y en consecuencia se anula la decisión proferida en fecha 22 de noviembre de 2005, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida; y, 2º La nulidad de las actuaciones practicadas a partir del 15 de mayo de 2003, inclusive, y la reposición de la causa al estado de que se celebre la audiencia preliminar, previa fijación de la misma, toda vez que las partes se encuentran a derecho en virtud de la interposición del recurso de control de la legalidad y su contestación por la parte demandada, para lo cual se acuerda remitir el expediente al Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo que resulte competente.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de apelacióninmotivaciónaudiencia preliminarhoras extrasextinción del procesosubsanación