Sentencia N° 1187 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de julio de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1187, Exp. 07-2160, 17/07/2008
Expediente07-2160
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2008-07-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por Jairo José Ortíz Hernández, en contra de la sentencia del Juzgado Superior Primero que había declarado la acción prescrita. La Sala argumenta que la notificación a la parte demandada se realizó efectivamente el 10 de marzo de 2006, lo que interrumpe la prescripción de la acción. Por lo tanto, se anula el fallo recurrido y se ordena que el Juzgado Superior competente se pronuncie sobre el fondo de la controversia.

Extracto de la motiva

El artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo, es del siguiente tenor: Artículo 64 La prescripción de las acciones provenientes de la relación de trabajo se interrumpe: a) Por la introducción de una demanda judicial, aunque se haga ante un juez incompetente, siempre que el demandado sea notificado o citado antes de la expiración del lapso de prescripción o dentro de los dos (2) meses siguientes; b) Por la reclamación intentada por ante el organismo ejecutivo competente cuando se trate de reclamaciones contra la República u otras entidades de carácter público; c) Por la reclamación intentada por ante una autoridad administrativa del Trabajo. Para que la reclamación surta sus efectos deberá efectuarse la notificación del reclamado o de su representante antes de la expiración del lapso de prescripción o dentro de los dos (2) meses siguientes; y d) Por las otras causas señaladas en el Código Civil (Resaltado de la Sala). Como bien puede observarse, la norma hace referencia a la notificación o citación, no a la consignación de tal diligencia en el expediente, como erradamente interpretó el ad quem.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR, el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial del ciudadano Jairo José Ortíz Hernández, en contra de la sentencia dictada en fecha 19 de octubre de 2007 por el Juzgado Superior Primero para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. 2) ANULA el fallo recurrido; y 3) REPONE la causa al estado en que el Juzgado Superior que resulte competente se pronuncie sobre el fondo de la controversia, acatando los lineamientos que de manera vinculante se expresaron en la parte motiva del presente fallo.

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