Sentencia N° 1176 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de julio de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1176, Exp. 09-726, 16/07/2009
Expediente09-726
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-07-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de julio de 2009, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Carlos José Sequera Hurtado contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Guárico. La decisión de la Alzada había revocado un fallo anterior que había declarado con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales, alegando la prescripción de la acción por parte de la demandada, CONINCA. La Sala analizó los argumentos presentados por la parte recurrente, quienes denunciaron violaciones a la jurisprudencia en relación con la carga de la prueba y la oportunidad procesal para alegar la prescripción. Sin embargo, la Sala concluyó que la sentencia recurrida no incurrió en las violaciones que se le imputaban, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso. Finalmente, se ordenó la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de Guárico, sin condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.

Extracto de la motiva

Como se aprecia, para que proceda la admisibilidad de dicho medio excepcional de impugnación, se debe cumplir con los requerimientos formulados en el dispositivo legal reproducido en el párrafo precedente, a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social. Expuesto lo anterior, esta Sala de Casación Social pasa a estudiar el asunto: En el presente caso, denuncia la parte recurrente que la sentencia al momento de argumentar la parte motiva, dice lo siguiente: '…conforme las normas que rigen la carga probatoria en materia del derecho del trabajo, vista la defensa de prescripción opuesta por la demandada, que supone un hecho negativo en el entendido que presupone no haberse opuesto la demanda o acción en tiempo hábil, y contradicha como fue la defensa, correspondió a la parte actora la carga de acreditar a los autos las actuaciones por ella efectuadas tendientes a INTERRUMPIR LA ACCIÓN, lo que representa un hecho positivo por tanto susceptible de prueba atendiendo a lo establecido en el artículo 72 de la Ley Orgánica del Trabajo, que al efecto dispone: Salvo disposición legal en contrario, la carga de la prueba corresponde a quien afirme hechos que configuren su pretensión o a quien los contradiga, alegando nuevos hechos…(omissis)'.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia emitida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico de fecha 16 de abril de 2009. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

recursoslaboralprescripcióncarga de la pruebajurisprudencia

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