Sentencia N° 1175 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de julio de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1175, Exp. 05-1268, 11/07/2006
Expediente05-1268
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2006-07-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de legalidad interpuesto por la empresa C.A.N.T.V. contra la sentencia del Tribunal Superior Primero del Trabajo de Falcón, que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala argumenta que se infringieron normas procesales esenciales, como la falta de notificación al Procurador General de la República y el incumplimiento de los requisitos de citación, lo que afectó el derecho a la defensa de la codemandada. Se ordena la reposición de la causa al estado de notificación al Procurador, anulando la sentencia recurrida y todas las actuaciones posteriores al auto de admisión de la demanda.
Extracto de la motiva
Ciertamente, de las actas del expediente, se puede constatar la falta de notificación al Procurador General de la República de la admisión de la demanda que dio inicio al presente juicio, hecho éste que al ser verificado por el Juzgado Superior debió acarrear la orden de reposición de la causa, a los fines de subsanar el referido defecto procesal, en acatamiento de las normas precedentemente transcritas. El Juzgado de alzada incurrió en la omisión de formalidades esenciales que menoscabaron el derecho a la defensa de la codemandada recurrente, al no haber ordenado la reposición de la causa, para subsanar los defectos procesales señalados, motivo por el cual esta Sala se encuentra en la obligación de declarar con lugar el recurso de control de la legalidad propuesto por la empresa C.A.N.T.V. con la consecuente reposición de la causa al estado de notificación al Procurador.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (accidental), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la empresa codemandada COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELEFÓNOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.) contra el fallo dictado en fecha 30 de junio del año 2005, emanado del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón; 2) Se ANULA la sentencia recurrida anteriormente identificada y todas las actuaciones posteriores al auto de admisión de la demanda; y 3) Se REPONE la causa al estado de que el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, que resulte competente, ordene la notificación del Procurador General de la República, sin necesidad de notificación de las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho.
Palabras clave
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