Sentencia N° 1168 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1168, Exp. 04-1743, 11/08/2005
Expediente04-1743
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-08-11
DecisiónDesistido, Con Lugar, Se CASA, Parcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara desistido el recurso de casación interpuesto por la parte demandante y con lugar el recurso de casación de la parte demandada. Se casa el fallo del Juzgado Superior del Trabajo y se anula la decisión impugnada. Además, se condena a la demandada al pago de intereses sobre prestaciones sociales e intereses moratorios, y se ordena la realización de una experticia complementaria del fallo por un solo experto.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir observa: De la revisión de las actas procesales se desprende (folios 23, 92 al 95) que el trabajador recibió de parte del patrón la cantidad alegada por su apoderado judicial, situación que no fue estudiada por la Alzada, quien se limitó a asumir los montos señalados en el libelo de la demanda, contentivos de un error al señalar la cantidad recibida por el actor, hecho que es reconocido por su representante en el escrito de impugnación a la formalización. Siendo así, se hace necesario casar el fallo al haber sido condenada la demandada al pago de una cantidad que según el razonamiento del sentenciador no se adeuda. Así se decide. Ello así, resulta inoficioso entrar a conocer sobre el resto de las denuncias formuladas, pues, la Sala por imperativo del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo deberá decidir el fondo del asunto.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.) DESISTIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 27 de octubre de 2004. 2.) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra el mencionado fallo; 3.) Se CASA el fallo, y por tanto se ANULA dicha decisión. 4.) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano OMAR ANTONIO RONDÓN contra la empresa GLOBAL SANTA FE DRILLING VENEZUELA, C.A., en consecuencia y; se CONDENA a la demandada al pago de los intereses sobre prestaciones sociales e intereses moratorios, conforme a la parte motiva del presente fallo y; se ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo que resulte competente, la realización de una experticia complementaria del fallo por un solo experto, ello de conformidad con el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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