Sentencia N° 1167 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1167, Exp. 05-482, 11/08/2005
Expediente05-482
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-08-11
DecisiónCON LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, analizó un caso de indemnización por enfermedad profesional y daño moral. El demandante, Dennis Alexander Rodríguez Lugo, reclamó indemnización tras sufrir un accidente laboral, mientras que la empresa demandada, Guardianes Neptuno, C.A., argumentó que no existía responsabilidad por el accidente. La Sala determinó que la empresa no cumplió con su obligación de inscribir al trabajador en el sistema de seguridad social, lo que constituyó un incumplimiento de la normativa laboral.
Extracto de la motiva
El Tribunal de Alzada en la sentencia recurrida (folio 105), consideró: "...dado que en el caso de autos es más que evidente que la empresa ni siquiera cumplió con el rasero mínimo social de inscribir al trabajador al régimen de seguridad social, lo cual como hemos señalado se encuentra probado a través del análisis documental y de la valoración que de tales recaudos, antes citados, hemos hecho, basados en el criterio dominante establecido por la Sala de Casación Social, relativo a la teoría del riesgo profesional, cuando ha dicho que la responsabilidad patronal, de reparar dicho daño es objetiva, es decir que debe ser reparado por el patrono, aunque no haya habido culpa en la ocurrencia del infortunio laboral, y siguiendo la orientación, conforme al carácter uniformante de la jurisprudencia, en la sentencia HILADOS FLEXILÓN...omissis... es por lo que este Juzgado Superior visto el no cumplimiento de lo pautado en el art. 506 de la LOT, lo doctrinalmente conocido como responsabilidad objetiva, debe además modificar la sentencia dictada por el a quo, en el sentido de condenar a la demandada a la indemnización prevista en el art. 33 de LOPCyMAT, ordinal primero del parágrafo segundo de la LOPCyMAT, es decir, que la empresa debe responder de el monto señalado como 1.A de libelo de la demanda...".
Dispositiva
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.) CON LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 8 de marzo de 2005; 2) Se CASA el fallo, en consecuencia, se ANULA dicha decisión. 3.) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Dennis Alexander Rodríguez Lugo contra la empresa GUARDIANES NEPTUNO, C.A., y se CONDENA a la misma al pago de la cantidad de seis millones de bolívares (Bs. 6.000.000,00) por concepto de daño moral.
Palabras clave
indemnizaciónaccidente laboralresponsabilidad objetivadaño moralLey Orgánica del TrabajoLey Orgánica de Prevenciónseguridad social