Sentencia N° 1162 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de noviembre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 1162, Exp. 11-1091, 20/11/2013
Expediente11-1091
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-11-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 1.604, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Cojedes. La sentencia recurrida había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte actora, modificando el fallo impugnado. La Sala analizó las denuncias de infracción de normas laborales, especialmente en relación con la obligación del empleador de llevar un registro de horas extraordinarias y la carga de la prueba en estos casos. Finalmente, se confirmó la decisión del tribunal inferior, condenando en costas a la parte demandada.
Extracto de la motiva
La parte que deba servirse de un documento, que según su manifestación se halle en poder de su adversario, podrá pedir su exhibición. A la solicitud de exhibición deberá acompañar una copia del documento o, en su defecto, la afirmación de los datos que conozca el solicitante acerca del contenido del documento y, en ambos casos, un medio de prueba que constituya, por lo menos, presunción grave de que el instrumento se halla o se ha hallado en poder de su adversario. Cuando se trate de documentos que por mandato legal debe llevar el empleador, bastará que el trabajador solicite su exhibición, sin necesidad de presentar medio de prueba alguno, que constituya por lo menos, presunción grave de que el mismo se encuentra o ha estado en poder del empleador. El tribunal ordenará al adversario la exhibición o entrega del documento para la audiencia de juicio. Si el instrumento no fuere exhibido en el lapso indicado, y no apareciere de autos prueba alguna de no hallarse en poder del adversario, se tendrá como exacto el texto del documento, tal como aparece de la copia presentada por el solicitante y, en defecto de éste, se tendrán como ciertos los datos afirmados por el solicitante acerca del contenido del documento.
Dispositiva
1°) SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con sede en San Carlos, el 06 de julio del año 2011 y, en consecuencia, 2°) SE CONFIRMA la decisión recurrida. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
casacióntrabajohoras extraordinariasexhibición de documentos