Sentencia N° 1158 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de octubre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1158, Exp. 09-1067, 21/10/2010
Expediente09-1067
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-10-21
DecisiónSin Lugar

Resumen

En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el demandante, Odilio Manuel Yroba, contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Aragua, que había confirmado la decisión de primera instancia que declaró sin lugar la demanda. La Sala analizó las denuncias de error de interpretación y falta de aplicación de normas laborales, concluyendo que el juez de alzada sí aplicó correctamente los artículos pertinentes de la Ley Orgánica del Trabajo y de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, desestimando las alegaciones del recurrente sobre la relación laboral y la carga de la prueba.

Extracto de la motiva

Con fundamento en el artículo 168, numeral 2 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se denuncia la infracción por falta de aplicación de los artículos 65 de la Ley Orgánica del Trabajo y 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Al respecto, aduce el formalizante que el juez declaró inobjetable y suficientemente claro que el a quo no aplicó los artículos antes citados, ya que, cuando quedó trabada la litis, los codemandados expresamente admitieron la prestación de servicios pero la catalogaron como mercantil; bajo este supuesto, opera la presunción de laboralidad a favor del demandante, correspondiendo a los accionados demostrar la naturaleza mercantil de la relación. Así, si se hubiera aplicado dicha presunción, se habría declarado con lugar la demanda. Para decidir, esta Sala evidencia: A fin de precisar la denuncia planteada, se observa que, si bien el formalizante refiere el vicio de error de interpretación, la delación está referida a la falta de aplicación de los artículos 65 de la Ley Orgánica del Trabajo y 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que versan sobre la presunción de laboralidad y la carga de la prueba. Con relación a lo anterior, el juzgador de la recurrida, después de realizar una extensa cita de la motivación del juez a quo, señaló: Analizada la motivación en comento [de la sentencia de primera instancia], es inobjetable, y suficientemente claro, que el a quo sí aplicó los artículos 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, y 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se declara SIN LUGAR la denuncia formulada. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por el demandante, contra la decisión de fecha 9 de julio de 2009, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con los artículos 59 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

relación laboralprueba documentalcarga de la pruebaexhibición de documentoserror de interpretaciónLey Orgánica del TrabajoLey Orgánica Procesal del Trabajo

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