Sentencia N° 1139 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de octubre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1139, Exp. 11-049, 18/10/2012
Expediente11-049
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-10-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió a favor del demandante, Luis Noel Blanco González, en un caso relacionado con el cobro de diferencias en prestaciones sociales y beneficios de jubilación. La sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo fue anulada y se resolvió parcialmente a favor del demandante, reconociendo la aplicabilidad de la Convención Colectiva 2006-2008 y la necesidad de calcular las indemnizaciones correspondientes. Se estableció que el demandante no cumplía con los requisitos para el beneficio de jubilación, dado que no alcanzaba la edad mínima requerida.

Extracto de la motiva

Se observa que, si bien el trabajador demandante ingresó en fecha 08 de julio de 1992, estando vigente para ese momento la Ley de 1991, no es menos cierto que para el momento de la ruptura de la relación laboral, se encontraba vigente un nuevo régimen laboral, el cual era imposible ser sustituido por una Ley derogada, como es la de 1991, la cual no beneficia al trabajador, aunado también a que viola principios constitucionales, por consiguiente a dicho trabajador, al cancelarle sus prestaciones sociales, se le hace bajo el Régimen Nuevo de 1997, salvo para el período laborado bajo el régimen anterior, mal puede pretender el actor, que se le cancelen sus prestaciones sociales bajo el imperio de una Ley derogada. No obstante lo anterior, esta Alzada constata, que en virtud de la plena jurisdicción adquirida, por haber sido impugnada la sentencia del A quo, por ambas partes, que existe una confusión general en cuanto al régimen aplicable al caso, siendo que, sencillamente, desde el inicio de la relación laboral, es decir 07 de julio de 1992, hasta el 19 de junio de 1997, se aplica las disposiciones de dicha ley, y a partir de esa fecha, hasta la terminación de la relación de trabajo, la ley de 1997, en consecuencia pasa esta Alzada a hacer los cálculos correspondientes.

Dispositiva

1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia, en fecha 10 de agosto del año 2010. En consecuencia, se ANULA la decisión recurrida y se resuelve 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LUIS NOEL BLANCO GONZÁLEZ contra la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE).

Palabras clave

convencion colectivaprestaciones socialesantigüedadindemnizaciónley organica del trabajocalculo salarial

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