Sentencia N° 1139 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1139, Exp. 05-627, 09/08/2005
Expediente05-627
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-08-09
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana Diorisbeth Carolina Parada Herrera contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La apelación se fundamentó en la supuesta violación de normas de orden público y jurisprudencia de la Sala. Sin embargo, se determinó que la sentencia recurrida no modificaba lo decidido anteriormente, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en decisión N° 505 de fecha 30 de julio de 2003, expresó que a los autos o sentencias dictados en la etapa de ejecución “se le otorgará excepcionalmente, por aplicación extensiva del ordinal 3° del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de control de la legalidad, cuando estos resuelvan puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni decididos en él, o que provean contra lo ejecutoriado o modifiquen de manera sustancial lo decidido, siempre que contra ellos se hayan agotado todos los recursos ordinarios y que se traten de actos que violen o amenacen con violentar alguna norma de orden público, o resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social”. En el caso concreto señala el recurrente que la sentencia recurrida violó normas de orden público contraviniendo lo establecido en los artículos 26, 49, 87, 89, 91, 93, 94, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en los artículos 11, 125, 177 y 190 de la Ley Orgánica del Trabajo; en el artículo 288 del Código de Procedimiento Civil; así como la jurisprudencia de la Sala de Casación Social contenida en las sentencias N° 307 de 2003 y N° 315 de 2001, al anular el auto en ejecución de sentencia que ordenó actualizar los salarios caídos según los decretos del Ejecutivo Nacional referidos al salario mínimo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 1° de abril de 2005, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Palabras clave

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