Sentencia N° 1134 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de julio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1134, Exp. 09-713, 09/07/2009
Expediente09-713
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-07-09
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Daniel de Jesús Perdomo contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Trujillo. La parte recurrente alegó violaciones a normas laborales en la decisión de alzada que declaró sin lugar su apelación. Sin embargo, el Tribunal consideró que la sentencia recurrida no incurrió en violaciones de orden público y, por lo tanto, declaró inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio, denuncia la parte demandante recurrente la violación de los artículos 55 de la Ley Orgánica del Trabajo y 23 de su Reglamento, por cuanto, a su decir, ambos sentenciadores omitieron e inobservaron la prueba documental contentiva del contrato de obra suscrito entre la sociedad mercantil Agropecuaria e Inversiones Los Claros, C.A. y la empresa Logística de Circunsición Rojas, cursante a los folios 78 al 82. Agrega quien recurre que al interpretarse los prenombrados artículos y compararlos con el contrato de obra aludido, se determina que existe inherencia y conexidad entre el demandado de autos y el tercero interviniente, por lo que considera que existe una responsabilidad solidarias entre ambas. Así pues, una vez analizado exhaustivamente el asunto planteado, esta Sala de Casación Social considera que la sentencia recurrida no incurre en violación de las normas de orden público que se le imputan; en consecuencia, visto que el alcance de la solicitud de control de legalidad no se ajusta a los fines del recurso, debe forzosamente declararse su inadmisibilidad. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandante contra la sentencia de fecha 23 de abril de 2009, emanada del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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