Sentencia N° 1125 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de noviembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1125, Exp. 13-1009, 15/11/2013
Expediente13-1009
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-11-15
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Gregoris José González Moya contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Nueva Esparta. La Sala determinó que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no vulnera normas de orden público laboral, por lo que el recurso no cumplía con los requisitos necesarios para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de tiempo y de forma antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: En primer lugar, delata la parte recurrente, que el sentenciador de alzada no resolvió el vicio de incongruencia negativa denunciado, referido a los cálculos argüidos en la demanda, por cuanto a su decir, no fueron completamente resueltos por la Juez de instancia ni de alzada, infringiendo de esa forma lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 159 ejusdem.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 28 de mayo del año 2013, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.

Palabras clave

control de la legalidadsentenciajuzgado superiorinadmisionorden público laboral

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