Sentencia N° 1120 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de diciembre de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 1120, Exp. 16-1002, 01/12/2017
Expediente16-1002
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2017-12-01
DecisiónHOMOLOGADA

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, homologó la transacción celebrada entre los demandantes y la empresa C.A. Cigarrera Bigott, en relación con el cobro de pagos por días de descanso compensatorios. La homologación se fundamenta en la voluntad expresa de las partes de dar por terminada la causa, cumpliendo con los requisitos legales establecidos para la validez de la transacción laboral. La Sala verificó que los apoderados judiciales de ambas partes tenían la capacidad para transigir y que la transacción versaba sobre derechos disponibles.

Extracto de la motiva

Se aprecia del examen del acuerdo de transacción la voluntad expresa e inequívoca de las partes de dar fin a la causa, y en conformidad con ello, solicitan que se imparta la correspondiente homologación al analizado medio de autocomposición procesal y se tenga como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada dándose por terminado el juicio. En este contexto, corresponde a la Sala verificar los términos del indicado acuerdo, así como el cumplimiento de los requisitos previstos en los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con el objeto de otorgarle la eficacia correspondiente. De la revisión exhaustiva efectuada al escrito, aprecia la Sala, que el mismo se ajusta a la disposición contenida en la ley sustantiva laboral, en el entendido que éste contiene la relación circunstanciada de los hechos que motivan la transacción y los derechos en ella comprendidos, en el caso concreto, los conceptos contenidos en el libelo de demanda. Quedando de manifiesto que se actuó de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno.

Dispositiva

HOMOLOGADA la transacción celebrada entre los ciudadanos Cándido Ernesto Marcano Morocoima, Aurora Martínez De Alzuru, Wilmer Edgardo Ovalles Palacios, José William Ospina Muñoz, Luz Marina Pérez Velazco, Ruby Cleofe Pinto De Colmenares, Daniel José Piñero Aguilar, Luis Rafael Quintana López, José Ramírez, Olga Delia Sánchez, Antonio José Rebolledo, José Gregorio Rosas Wonngson, Nelson Agustín Seijas Pacheco, José Rafael Sivira Oliveros, José Emilio Salas Oviedo, María Oropeza De Sala Verria, José Pastor Salguero Arroyo, Duglas Silva y Rafael Loreto Sánchez León y la sociedad mercantil C.A. Cigarrera Bigott Sucs, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada.

Palabras clave

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