Sentencia N° 1110 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de julio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1110, Exp. 07-697, 10/07/2008
Expediente07-697
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-07-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la transacción presentada por las partes, homologó el acuerdo alcanzado entre la demandante EMIR BEATRIZ SALCEDO y la demandada COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.). La transacción consistió en el pago de CINCO MIL bolívares, lo que se consideró un finiquito total y definitivo de las pretensiones deducidas. La Sala verificó que se cumplieron los requisitos legales para la homologación del acuerdo, asegurando que la demandante actuó con la debida asistencia legal y de manera voluntaria.
Extracto de la motiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social (Accidental) del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana EMIR BETRIZ SALCEDO y la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada.
Dispositiva
HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana EMIR BETRIZ SALCEDO y la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada.
Palabras clave
transacciónconciliacióncobro de diferenciafiniquitoderechos laboralesasistencia legalcosa juzgada