Sentencia N° 1108 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de diciembre de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 1108, Exp. 14-1241, 01/12/2015
Expediente14-1241
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-12-01
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de diciembre de 2015, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la empresa Alimentos Polar Comercial C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo, que había confirmado parcialmente la demanda de LUIS ENRIQUE OVIEDO. La Sala determinó que la parte demandada no cumplió con su carga de comparecer a la audiencia de apelación, lo que implicó su conformidad con la decisión de primera instancia. Además, se destacó que la incomparecencia de la parte demandada a la audiencia de apelación se consideró como un desistimiento del recurso.
Extracto de la motiva
Con la finalidad de obtener una mayor comprensión del asunto bajo análisis resulta pertinente efectuar un recuento del iter procedimental acaecido en la presente causa, luego de dictarse el fallo de primera instancia que declaró parcialmente con lugar la demanda, en fecha 19 de febrero de 2013. Contra dicha decisión ambas partes ejercieron recurso de apelación. En el caso de la demandada se interpuso por intermedio de uno de sus apoderados judiciales acreditados en autos, el abogado Johnny Gómes. No obstante, mediante sentencia interlocutoria proferida por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de septiembre de 2013, en virtud de la ausencia temporal de la juzgadora por diversas circunstancias, se declaró de oficio “la pérdida de estadía a derecho de las partes”. En consecuencia se ordenó la notificación de las mismas. Una vez notificadas las partes, mediante auto del 7 de enero de 2014 se fija como oportunidad para la celebración de la audiencia de apelación el 20 de febrero de 2014, la cual fue reprogramada para el día 28 del mismo mes y año y por cuanto para esta fecha no hubo despacho, se fijó como nueva oportunidad para efectuarla, el 8 de abril de 2014. Llegado el día y la hora fijada por el tribunal para la realización de la referida audiencia de apelación se dejó constancia de “la incomparecencia de la parte demandada” y se acordó diferir el dispositivo, toda vez que los apoderados de la actora manifestaron su interés en efectuar una reunión conciliatoria con la accionada, razón por la que se fijó un acto conciliatorio para el 23 de abril de 2014.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la empresa demandada Alimentos Polar Comercial C.A., contra la decisión de fecha 5 de agosto de 2014, emanada del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido, mediante el cual se declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora y parcialmente con lugar la demanda.