Sentencia N° 1104 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de noviembre de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 1104, Exp. 15-917, 30/11/2015
Expediente15-917
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-11-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos Erasmo Benítez Suárez y José Tomás Lorant, quienes apelaban una decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo que declaró sin lugar su apelación. La Sala consideró que la decisión recurrida se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público, por lo que declaró inadmisible el recurso. Se destacó la potestad discrecional de la Sala para ejercer el control de la legalidad en casos que amenacen con violentar normas laborales.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo previsto en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social, revisar a solicitud de parte por vía de control de la legalidad, aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. Con vista a ello, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala, restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral (ver decisión N° 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, caso: Antonio del Valle Lira Méndez contra Baker Hughes, S.R.L, emanada de esta misma Sala de Casación Social). En el caso de estudio, la parte recurrente aduce que la sentencia recurrida, incurre en contradicción en su motiva, al considerar que el motivo de apelación no era genérico sino especifico, no analizando de esta manera, el contenido de la Resolución 2015-0009, de fecha 29 de abril de 2015, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, conforme lo señala el artículo 76 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Dispositiva

Por las razones mencionadas, con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad ejercido por la parte actora. Así se decide.

Palabras clave

apelaciónnotificaciónsentenciajurisdiccióntrabajolegalidad

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