Sentencia N° 1102 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de julio de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1102, Exp. 09-748, 07/07/2009
Expediente09-748
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-07-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos Roberto Antonio Camejo Yánez y Luis Alberto Marcano Gómez, quienes buscaban impugnar una decisión del Tribunal Superior Tercero del Trabajo. La Sala determinó que la sentencia recurrida no vulneraba normas de orden público ni la doctrina reiterada de la Sala, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso. Se destacó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y que su admisibilidad está sujeta a criterios estrictos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

En el caso sub examine, arguye la representación judicial de la parte actora recurrente, que la sentencia impugnada infringió los artículos 21, 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 2, 5 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y el criterio reiterado de esta Sala contenido en sentencias números 903, 242 y 1303 de fechas 14 de mayo de 2004, 10 de abril de 2003 y 20 de octubre de 2004, respectivamente, relativas a la doctrina establecida por esta Sala respecto al establecimiento del grupo de empresas. Bajo este orden argumentativo, sostiene que el Juez de Alzada no se ciñó a la verdad de las actas procesales, con lo cual infringió los principios de “favorabilidad” del trabajador y la primacía de la realidad sobre las formas, por cuanto, resulta notoria la existencia de la relación de trabajo a tiempo indeterminado sostenida por los ciudadanos Roberto Camejo y Luis Marcano con el grupo económico conformado por las sociedades mercantiles Reproser Compañía Anónima, Servicios Subacuáticos, C.A. (Servisub C.A.), y Dredging International, NV, en virtud de las constancias de trabajo emitidas por los capitanes de buques de la embarcación Draga Vlaanderen XVIII, perteneciente a la empresa “controlante” -Dredging International, NV-, las cuales requirió mediante la prueba de exhibición y ante su incumplimiento el ad quem debió aplicar la consecuencia jurídica prevista en el artículo 82 de la Ley adjetiva laboral.

Dispositiva

En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en fecha 30 de abril de 2009. Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.

Palabras clave

recursostrabajojurisprudenciainadmisioncontrol de legalidad

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