Sentencia N° 11 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de febrero de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0011, Exp. 04-680, 17/02/2005
Expediente04-680
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-02-17
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala de Casación Social dictó la sentencia N° 1445 el 22 de noviembre de 2004, declarando con lugar el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos JOSÉ EDUARDO GÓMEZ FERMÍN y LUIS FELIPE LUCIANI XIQUES contra la sociedad mercantil BANCO FEDERAL, C.A. Posteriormente, la parte demandada solicitó aclaratoria debido a un error de cálculo en la indemnización de preaviso. La Sala, al analizar la solicitud, consideró improcedente el pedido de aclaratoria, manteniendo la decisión original sobre el pago de sesenta días de preaviso, conforme al artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo.

Extracto de la motiva

El artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo establece en el literal d), que el trabajador recibirá una indemnización sustitutiva del preaviso de sesenta (60) días de salario, cuando la relación laboral fuere superior a dos (2) años y no mayor de diez (10). La sentencia ordena el pago de sesenta (60) días de preaviso a salario normal de conformidad con lo establecido en el artículo 125 eiusdem, pues la relación laboral se mantuvo por un tiempo de tres años y cinco meses, razón por la cual se considera improcedente este pedimento.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria interpuesta por el abogado Freddy Álvarez Bernee, representante de la parte demandada, contra la sentencia dictada y publicada por esta Sala en fecha 22 de noviembre de 2004. Publíquese y regístrese. Agréguese al expediente.

Palabras clave

aclaratoriaindemnizaciónpreavisorelación laboralsentenciacasacióntrabajadorLey Orgánica del Trabajo

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