Sentencia N° 1096 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de agosto de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1096, Exp. 05-364, 04/08/2005
Expediente05-364
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-08-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 4 de agosto de 2005, declaró sin lugar la demanda interpuesta por José Noel Vegas contra Banesco Banco Universal, C.A., en relación con el cobro de horas extras y daños morales. La Sala consideró que el demandante no logró probar la existencia de las horas extras reclamadas, ya que su carga probatoria no fue satisfecha. Además, se determinó que el demandante no tenía derecho a la jubilación ni a indemnización por despido injustificado, dado que no cumplía con los requisitos establecidos en la convención colectiva aplicable.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, en el caso bajo examen, el juez de alzada estimó correctamente que correspondía al demandante demostrar las horas extras laboradas y, sin embargo, consideró demostradas dichas horas extras con la declaración de dos (2) testigos, por lo que cuestiona el formalizante la valoración que hizo el juzgador de dicha prueba. En efecto, en criterio de esta Sala el testimonio de dos (2) testigos resulta insuficiente para determinar fehacientemente que el actor trabajó un número de horas extras de once mil quinientas treinta (11.530), cuyo pago fue demandado en el libelo. En efecto de lo anterior, estima la Sala que al desempeñar el actor el cargo de Sub-Gerente en la empresa demandada, resulta aplicable el artículo 198 de la Ley Orgánica del Trabajo, según el cual los trabajadores de dirección y de confianza están excluidos de la jornada de trabajo ordinaria, aplicable al resto de los laborantes, y si bien la duración de su trabajo está sometida a limitaciones, éstas son más laxas; en consecuencia, visto que el demandante, efectivamente, ejerció un cargo de dirección, no le correspondía el pago de las horas extras demandadas.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada el 15 de febrero de 2005, por el Juzgado Superior del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar; en consecuencia, CASA la decisión recurrida; y 2) SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano José Noel Vegas, contra la sociedad mercantil Banesco Banco Universal, C.A. Se condena en costas a la parte accionante.
Palabras clave
cobro de prestacioneshoras extrasdaño moraldespido injustificadojubilacióncarga probatoriarelación laboralconvención colectiva