Sentencia N° 1094 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de julio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1094, Exp. 09-049, 07/07/2009
Expediente09-049
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-07-07
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionada contra una sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. La decisión se basa en el análisis de las infracciones alegadas por la recurrente, que argumentó la prescripción de la acción intentada por la parte demandante, así como la interpretación de normas laborales y civiles relacionadas con la prescripción. El Tribunal concluye que no se evidencian violaciones a normas de orden público ni a la doctrina jurisprudencial de la Sala.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o resulten contrarias a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos- formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: La recurrente al señalar las infracciones que –según su criterio- se encuentran en la sentencia impugnada hace referencia a la violación de los artículos 61 y 64 de la Ley Orgánica del Trabajo y 1.969 del Código Civil, para ello deja indicado que la acción intentada por la parte demandante está prescrita, toda vez que evidentemente ha transcurrido más de un (1) año desde la terminación de la relación laboral, por lo que es imperativo declarar con lugar la prescripción opuesta, y así formalmente lo solicita, fundamentándose en el criterio jurisprudencial contenido en la decisión Nº 475 de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 16 de noviembre del 2000, con ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, en juicio de José Abreu Campanario contra Bar Restaurant Las Ciencias S.R.L., Expediente Nº 00-291.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la accionada contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 23 de octubre de 2008. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de legalidadprescripcióndemanda judicialorden públicojurisprudencia