Sentencia N° 1090 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de octubre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1090, Exp. 09-457, 08/10/2010
Expediente09-457
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-10-08
DecisiónSin Lugar
Resumen
En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Cristian Edilio Gutiérrez Osorio contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La Sala argumenta que el actor no logró demostrar las horas extras trabajadas y que la carga probatoria recaía sobre él. Además, se señala que la sentencia recurrida no incurrió en incongruencia, ya que el actor no presentó pruebas suficientes para respaldar sus alegaciones sobre horas extras y días trabajados.
Extracto de la motiva
De acuerdo con la doctrina pacífica y reiterada de esta Sala toda sentencia debe cumplir con el principio de exhaustividad que le impone al juez el deber de resolver sobre todo lo alegado en la demanda y la contestación y sólo sobre lo alegado, pues al resolver lo no pedido incurre en el vicio de incongruencia positiva, y si no resuelve lo pedido incurre en el vicio de incongruencia negativa. De manera que una sentencia es congruente cuando guarda relación con los pedimentos del libelo de demanda y los términos en que el demandado dio su contestación. En el ordinal 5º del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se determina la obligación de que toda sentencia debe contener una decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas, sin que en ningún caso pueda absolverse de la instancia. El reseñado ordinal 5º de la citada Ley, establece el llamado principio de congruencia, el cual sujeta al sentenciador a no alterar el problema judicial debatido entre las partes, debiendo resolver sobre todo aquello alegado y probado por los sujetos integrantes de la litis. El incumplimiento de lo señalado anteriormente, hará padecer a la sentencia del vicio de incongruencia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social Especial, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora, contra la sentencia publicada el 16 de marzo de 2009, por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena al recurrente en las costas del recurso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.