Sentencia N° 1086 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de julio de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1086, Exp. 08-1340, 07/07/2009
Expediente08-1340
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-07-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara Sin Lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, confirmando la sentencia del Juzgado Primero Superior que había declarado con lugar la demanda de cobro de prestaciones sociales. La Sala argumenta que la sentencia impugnada no incurre en el vicio de indeterminación objetiva, ya que se establecieron los límites de la controversia y se ratificó la naturaleza laboral de la relación entre las partes, lo que justifica la condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el recurrente denuncia la infracción por falta de aplicación del artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto, a su decir, la recurrida adolece del vicio de indeterminación objetiva. Al respecto, la sentencia impugnada, en su dispositiva, estableció lo siguiente: Por las consideraciones anteriormente expuestas (...), declara: PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de apelación intentado por la parte demandada. SEGUNDO: Se confirma la decisión recurrida, publicada en fecha veinticinco (25) de abril de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales, tiene incoado el ciudadano OMAR RAFAEL SOCORRO GUERRA contra la empresa SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.R.L. Tal como se ha expresado en reiterada jurisprudencia, la indeterminación objetiva, para que se configure como vicio, debe entenderse en el sentido de que el sentenciador es tan impreciso en su fallo que hace imposible la ejecución de dicho mandato (Cfr. Sentencia N° 125 del 24 de mayo de 2000, caso: Ender Darío Parra Fernández contra Tiendas Montana C.A.), ya que el requisito establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de que la sentencia contenga 'la determinación del objeto o la cosa sobre la cual recaiga la decisión', tiene como finalidad permitir la ejecución y determinar el alcance de la cosa juzgada que emana del fallo.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil Servicios Halliburton de Venezuela, S.R.L., contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de fecha 27 de junio de 2008; 2) CONFIRMA la sentencia recurrida. De conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialesrelación laboralindeterminación objetivasentencia de casación

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