Sentencia N° 1081 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de julio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1081, Exp. 08-1079, 07/07/2009
Expediente08-1079
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-07-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
En el juicio por cobro de prestaciones sociales, la ciudadana Carmen Estrella Urbaneja Franco, representada por varios abogados, apeló una decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar su demanda. La parte demandada, Editorial R.G., C.A., anunció recurso de casación, el cual fue admitido y formalizado. La Sala de Casación Social del TSJ, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, revisó las denuncias de incongruencia y falta de motivación en la sentencia recurrida, concluyendo que no se incurrió en los vicios alegados y que la decisión era expresa y precisa respecto a la relación laboral discutida.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el vicio de incongruencia se produce cuando el juzgador incumple con su deber de dictar una decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas. La doctrina también ha señalado que del concepto de congruencia emergen dos reglas que son: a) decidir sólo lo alegado y b) decidir sobre todo lo alegado. En el presente caso, se constata que la decisión recurrida es expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida (existencia de una relación de naturaleza laboral) y a las excepciones o defensas opuestas (que no hubo una relación laboral sino de naturaleza mercantil).
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte demandada contra el fallo emanado del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar de fecha 21 de abril del año 2008, reproducido el día 29 del mismo mes y año. De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente.
Palabras clave
cobro de prestaciones socialesrecurso de casaciónincongruenciarelación laboraldecisión judicial