Sentencia N° 1067 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de octubre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1067, Exp. 10-1058, 05/10/2010
Expediente10-1058
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-10-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La decisión de la Alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación y parcialmente con lugar la demanda incoada. La parte demandada alegó error de interpretación en la sentencia recurrida, argumentando que no se demostró la conexión entre su actividad y los beneficios de la convención colectiva petrolera. Sin embargo, la Sala consideró que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no incurrió en las violaciones alegadas.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. En el caso bajo estudio, denuncia la parte demandada recurrente que el Juez de Alzada, incurre en un error de interpretación y falsa aplicación de los artículos 54, 55, 56 y 57 de la Ley Orgánica del Trabajo, al señalar que al demandante le corresponden las indemnizaciones y beneficios otorgados en la convención colectiva petrolera, por ser la empresa demandada una contratista de la sociedad mercantil PDVSA Petróleo, S.A. Explica que en la sentencia recurrida, no se realizó una adecuada interpretación de los elementos que pudiesen comprobar que al actor le correspondían los beneficios de la convención colectiva petrolera, toda vez que del análisis de las probanzas que cursan en el expediente no fue posible demostrar la inherencia y conexidad entre la actividad que realiza la empresa accionada y PDVSA Petróleo, S.A., aunado al hecho de que no se demuestra cual es la actividad principal ni la mayor fuente de lucro de la demandada, por lo que mal pudo el Superior condenar al pago de los beneficios señalados en la convención colectiva petrolera.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 1° de julio de 2010, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de legalidadsentenciatrabajoinadmisionjurisprudencia

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