Sentencia N° 105 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de marzo de 2026

TSJ/SCS, Sent. N° 105, Exp. 25-413, 20/03/2026
Expediente25-413
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2026-03-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de marzo de 2026, acordó la constitución de una mesa de mediación en el proceso de cobro de beneficios salariales y sociales interpuesto por Maikel Alcina Chirinos contra Pepsi-Cola Venezuela, C.A. La solicitud de mediación fue fundamentada en la necesidad de encontrar una solución pacífica al conflicto laboral, promoviendo el diálogo y la autocomposición de las partes involucradas. La Sala destacó la importancia de los medios alternativos de resolución de conflictos, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se establecieron parámetros para la constitución y funcionamiento de la mesa de mediación, asegurando condiciones de igualdad y debido proceso para las partes. Finalmente, se ordenó la notificación de la parte actora y demandada sobre la decisión de la constitución de la mesa de mediación, con el objetivo de facilitar un acuerdo que ponga fin a la controversia planteada.

Extracto de la motiva

motiva de la presente decisión; TERCERO: SE ORDENA Se ordena la notificación de la parte actora y demandada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. El Presidente de la Sala, _______________________________ EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ El Vicepresidente y Ponente, Magistrado, __________________________________ ________________________________ CARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO ELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA La Secretaria, ______________________________________ ANABEL DEL CARMEN HERNÁNDEZ ROBLES

Dispositiva

PRIMERO: SE ACUERDA la CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE MEDIACIÓN EN LA PRESENTE CAUSA; SEGUNDO: La mesa de mediación se regirá de acuerdo a los parámetros fijados en la parte motiva de la presente decisión; TERCERO: SE ORDENA Se ordena la notificación de la parte actora y demandada de la presente decisión.

Palabras clave

mediaciónbeneficios salarialesconflicto laboral

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