Sentencia N° 1040 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de octubre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1040, Exp. 10-829, 02/10/2012
Expediente10-829
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-10-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción entre Yochabel Chacín Ríos y el Banco Occidental de Descuento, donde se acordó el pago de 30.000 bolívares por parte de la empresa demandada. La homologación se realizó tras verificar que el demandante actuó con la representación debida y que el acuerdo cumplía con los requisitos legales establecidos. Se concluyó que la transacción constituye un finiquito total de las pretensiones del juicio, permitiendo así la resolución del conflicto mediante un medio alterno.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que el demandante, actuó con la representación debida de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso, como en la manifestación escrita del acuerdo, actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso, y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano YOCHABEL CHACIN RÍOS y la empresa BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.