Sentencia N° 1036 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de noviembre de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 1036, Exp. 12-644, 21/11/2017
Expediente12-644
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-11-21
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por las codemandadas TERMINALES MARACAIBO, C.A. y REMOLQUES ORINOCO, C.A. contra la decisión del Tribunal Sexto Superior del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la apelación interpuesta. La Sala declaró sin lugar el recurso de casación, confirmando la decisión impugnada, al considerar que la acción no se encontraba prescrita y que la motivación del fallo recurrido era suficiente y adecuada. Además, se abordaron las denuncias de incongruencia y vicios de forma, concluyendo que no se habían presentado los argumentos necesarios para anular la decisión del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

Con fundamento en el numeral 3 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, denuncia la parte demandada, el vicio de inmotivación, en razón que “el Juzgado Superior, para decidir sobre la improcedencia de la prescripción no realizó ningún tipo de razonamiento lógico”, cuando era su obligación hacer un examen del caso en concreto, analizando todos y cada uno de los aspectos de hecho que le proporcionan sustento al dispositivo del fallo, por lo que, de haber razonado la recurrida, hubiese llegado a la conclusión que la acción que dio inicio al presente juicio se encuentra prescrita. Concluye la recurrente que el ad quem de haber declarado la prescripción no hubiese condenado a pagar monto alguno por los conceptos demandados. Para decidir la Sala observa: En cuanto al vicio de inmotivación, se ha reiterado que en el sistema de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la falta de motivos debe entenderse literalmente, aun cuando no lo precisa la norma, como la falta absoluta de motivos, que se da cuando no se expresa motivo alguno, es decir, cuando la sentencia no contiene materialmente ningún razonamiento de hecho ni de derecho en que pueda sustentarse el dispositivo, de modo que la motivación exigua, breve, lacónica, no es inmotivación pues en tal caso la Sala podrá controlar la legalidad de la decisión tanto en el establecimiento de los hechos como en la aplicación del derecho; la contradicción en los motivos, cuando las razones del fallo se destruyen entre sí; el error en los motivos, no se refiere a que los motivos sean errados o equivocados sino cuando los motivos expresados no guardan ninguna relación con la pretensión deducida y con las excepciones o defensas opuestas, caso en el cual los motivos aducidos, a causa de su manifiesta incongruencia con los términos en que quedó circunscrita la litis, deben ser tenidos como jurídicamente inexistentes; y la falsedad o manifiesta ilogicidad de la motivación, cuando los motivos son tan vagos, generales, inocuos o absurdos que se desconoce el criterio jurídico que siguió el juez para dictar su decisión.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Especial Cuarta de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por las codemandadas sociedades mercantiles TERMINALES MARACAIBO, C.A. y REMOLQUES ORINOCO, C.A. contra la decisión del Tribunal Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, del 25 de enero de 2012; SEGUNDO: se CONFIRMA la decisión impugnada. No hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra mencionada, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

inmovilizaciónprescripciónacción judicialrelación laboralLey Orgánica del TrabajoCódigo Civilinterrupción

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