Sentencia N° 1034 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de julio de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1034, Exp. 05-289, 28/07/2005
Expediente05-289
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2005-07-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de casación interpuesto por Edikson Frías Giménez contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar su demanda por daño moral. La Sala declaró sin lugar ambos recursos de casación, tanto el de la parte actora como el de la parte demandada, argumentando que las denuncias presentadas carecían de fundamento y que no se evidenciaron contradicciones en la motivación del fallo recurrido.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: Además de no indicar el formalizante norma alguna infringida, observa la Sala que las dos partes apelaron del fallo del a-quo, por lo cual no podía presentarse en la recurrida el error denunciado; de donde resultan necesariamente improcedente las presentes denuncias. Así se declara. En cuanto a la alegada simultaneidad de declaraciones contradictorias sobre el daño moral reclamado, se aprecia que no existe la misma en el fallo recurrido, siendo lo cierto que el sentenciador expone razones diferentes en cada caso, pues, de una parte, señala que la circunstancia de no aparecer demostrado el hecho ilícito le impide acordar una indemnización por daño moral proveniente del mismo; y de la otra establece, sin perjuicio de lo anterior, que la consideración de ser aplicable en el caso la responsabilidad objetiva en cabeza del patrono, le permite otorgar al trabajador una indemnización por daño moral basada en la misma.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por la parte actora, y declara SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por la parte demandada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena a los recurrentes en las costas de sus respectivos recursos.

Palabras clave

daño moralindemnizaciónresponsabilidad objetivarecurso de casaciónjuzgado superiortrabajovicio de motivaciónapelación

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