Sentencia N° 1027 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de mayo de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1027, Exp. 06-1947, 21/05/2007
Expediente06-1947
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-05-21
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 21 de mayo de 2007, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por las demandadas contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La apelación de las demandadas fue declarada desistida y la apelación del actor fue parcialmente con lugar, modificando la sentencia anterior. La Sala analizó las denuncias de falta de aplicación e inmotivación, concluyendo que no hubo error en la aplicación de las normas laborales pertinentes.

Extracto de la motiva

La Sala observa: La sentencia del Juzgado de Primera Instancia condenó a pagar los intereses de mora consagrados en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela desde la fecha de extinción de la relación laboral hasta la ejecución de la sentencia definitivamente firme; y, declaró procedente la indexación monetaria desde la fecha del auto de admisión hasta la fecha efectiva de pago, y como se declaró desistida la apelación de las demandadas por incomparecencia a la audiencia de apelación, el Juzgado Superior de conformidad con el artículo 288 del Código de Procedimiento Civil y el principio de prohibición de reformatio in peius, confirmó la decisión respecto a los intereses de mora y la indexación, razón por la cual no incurrió en falta de aplicación del artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por los motivos anteriores se declara improcedente la denuncia.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia publicada el 26 de octubre de 2006, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena a los recurrente en las costas del recurso, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionespensión de jubilaciónrecurso de casaciónintereses moratoriosindexaciónantigüedadsalario integral

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