Sentencia N° 1019 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de octubre de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 1019, Exp. 11-095, 22/09/2011
Expediente11-095
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-10-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción celebrada entre el ciudadano Raúl Alejandro Sánchez Ochoa y la empresa Laboratorios Vargas, S.A., en la que se acordó el pago de doscientos cincuenta mil bolívares. La decisión se fundamenta en la verificación del cumplimiento de los requisitos legales para la homologación de la transacción, asegurando que ambas partes actuaron con la debida representación y voluntad. Se concluye que la homologación otorga efectos de cosa juzgada al acuerdo transaccional, finalizando así el litigio judicial.

Extracto de la motiva

En este orden de ideas, corresponde a la Sala verificar los términos del mencionado acuerdo de las partes, así como el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 3 de nuestra Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley, con el objeto de otorgarle la eficacia correspondiente. Examinados los términos de la transacción, se evidencia que el demandante actuó con la debida representación de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso, como en la manifestación escrita del acuerdo, actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.

Dispositiva

1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano RAÚL ALEJANDRO SÁNCHEZ OCHOA y la empresa LABORATORIOS VARGAS, S.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo de la presente causa.

Palabras clave

homologacióntransacciónprestaciones sociales

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