Sentencia N° 1014 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de agosto de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1014, Exp. 13-241, 04/08/2014
Expediente13-241
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-08-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por Wualter José Rojas contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Falcón. Se anula el fallo recurrido y se condena a la parte demandada a pagar las indemnizaciones correspondientes por despido injustificado, considerando que la relación laboral terminó por jubilación debido a una incapacidad total y permanente por enfermedad ocupacional. La Sala establece que el demandante tiene derecho a recibir las prestaciones e indemnizaciones como si se tratara de un despido injustificado, conforme a lo estipulado en la convención colectiva aplicable.

Extracto de la motiva

La parte actora alegó, en su escrito libelar, que en fecha 5 de mayo de 1980 comenzó a prestar sus servicios para la demandada, por medio de un contrato por tiempo indeterminado. Que el último cargo ejercido fue de “Liniero Electricista II”, para lo cual devengó un salario normal variable mensual de Bs. 6.483.66. Aduce que la relación de trabajo fue suspendida en fecha 9 de abril de 2007, debido a un reposo emanado del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, por presentar enfermedad denominada hernia discal. Agrega que se fueron dando reposos continuos, los cuales fueron presentados ante la oficina correspondiente de la empresa CADAFE, hasta su definitiva desincorporación como trabajador, por haber sido certificada la enfermedad “Hernia Discal Cervical C4-C3 y C5-C6 y Hernia Discal Lumbar L3-L4, L4-L5 y LS-S1” como ocupacional por el referido órgano en fecha 24 de abril de 2007, lo que le originó una pérdida de la capacidad para el trabajo del 67%, vale decir, una incapacidad total para el trabajo. Que una vez decretada la incapacidad, le fue concedido el beneficio de jubilación en fecha 26 de diciembre de 2007, otorgándose la cantidad de Bs. 2.960,65 mensuales, por dicho concepto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida en fecha 17 de septiembre de 2012, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón supra identificada; SEGUNDO: se ANULA el fallo recurrido, y TERCERO: CON LUGAR la demanda incoada, condenándose a la parte demandada a cancelar a la accionante los conceptos antes señalados, conforme los lineamientos que han sido expuestos en párrafos anteriores.

Palabras clave

indemnizacióndespido injustificadoenfermedad ocupacionalconvención colectiva

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